Hola compañeros y tutor
He diseñado esta infografia para lograr el objetivo propuesto para esta actividad correspondiente a la carrera de Gestión Logística. He tratado de que sea un poco informativa, espero les guste.
Gestión Logística en Sena ver infografiía Gestión Logistica
miércoles, 18 de febrero de 2015
jueves, 5 de febrero de 2015
Análisis de casos 2 y 4 a la luz de lo que dice el Reglamento del Aprendiz Sena
Cordial Saludo, a continuación compañeros y tutor dejo a juicio de ustedes mi análisis de los dos casos correspondientes de esta actividad
ANÁLISIS DEL CASO 2
En resumen Nicolás desea solicitar por escrito muy formal y respetuosamente las calificaciones de sus actividades ya realizadas con anterioridad, pero teniendo en cuenta la normatividad del Sena. La razón es que desde que empezó a estudiar en el Sena no ha recibido las apreciaciones pertinentes con respecto a sus trabajos presentados, para poder saber si necesita mejorar o aplicar las observaciones de su tutor.
De acuerdo con la solicitud de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las actividades presentadas:
¿En qué capítulo, artículo e items del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera formal y respetuosa?
Análisis del caso
Nicolás se debe basar o amparar en el capítulo 2 del Reglamento, titulado: "Derechos del Aprendiz", en el artículo 7 y en los respectivos items 11 y 12, donde se explica detalladamente que el aprendiz tiene derecho a conocer dentro de los siguientes 8 días hábiles los resultados de las evaluaciones, así como de diferentes novedades académicas.
El artículo 12 por su parte hace referencia a que el aprendiz puede en determinado caso, solicitar de manera respetuosa la revisión de las actividades correspondientes.
ANÁLISIS DEL CASO 4
El caso 4 consiste en que algunos aprendices les serán aplicadas las medidas formativas correspondientes y que como caso contrario a algunos se les premiará con estímulos por su buen desempeño. Para conocimiento de los compañeros que aún no conocen cuáles son las faltas en las que se puede incurrir por no saber, en el artículo 10 del Reglamento se pueden deducir algunas.
¿Cuáles son las medidas formativas y en que consisten?
Las medidas formativas como se declaran en el capítulo 9, artículo 27 y numerales 1,2 y 3 del reglamento aprendiz Sena son:
- llamado de atención verbal
-Plan de mejoramiento académico
-Plan de mejoramiento disciplinario.
Estas medidas consisten en correcciones que se aplican al aprendiz cuando este incurre en acciones que van en contra del orden establecido por la institución, pero cuando son faltas de menor grado. Estas acciones disciplinarias se adoptan con el objetivo de generar cambios positivos en el desempeño o en el comportamiento del aprendiz.
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Son tres:
-Llamado de atención escrito. Dirigido por el coordinador académico o de formación con copia a la hoja de vida e implica compromisos escritos por parte del aprendiz.
-Condicionamiento de la matrícula. Esta sanción es un poco más fuerte, pues se hace necesario utilizarla cuando las medidas correctivas previas no han funcionado. Conlleva la pérdida de algunos beneficios como incentivos o estímulos que estuviere recibiendo el aprendiz.
-Cancelación de la matrícula. Sanción definitiva que es utilizada cuando persisten en el aprendiz el comportamiento impropio que originaron el llamado de atención escrito y el condicionamiento de matrícula, pero esta medida implica que la persona pierde la condición de aprendiz.
Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el Sena ha adoptado para beneficio de los aprendices y en que casos otorgan.
Remitiéndonos al artículo 8 y en los incisos de la A hasta la E, se describen unos incentivos o estímulos entre los cuáles están:
-Llegar a ser instructor. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar a serlo si así lo desea.
-Recibir mención de honor.
Estos beneficios los recibe el aprendiz cuando ha sido sobresaliente en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.
ANÁLISIS DEL CASO 2
En resumen Nicolás desea solicitar por escrito muy formal y respetuosamente las calificaciones de sus actividades ya realizadas con anterioridad, pero teniendo en cuenta la normatividad del Sena. La razón es que desde que empezó a estudiar en el Sena no ha recibido las apreciaciones pertinentes con respecto a sus trabajos presentados, para poder saber si necesita mejorar o aplicar las observaciones de su tutor.
De acuerdo con la solicitud de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las actividades presentadas:
¿En qué capítulo, artículo e items del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera formal y respetuosa?
Análisis del caso
Nicolás se debe basar o amparar en el capítulo 2 del Reglamento, titulado: "Derechos del Aprendiz", en el artículo 7 y en los respectivos items 11 y 12, donde se explica detalladamente que el aprendiz tiene derecho a conocer dentro de los siguientes 8 días hábiles los resultados de las evaluaciones, así como de diferentes novedades académicas.
El artículo 12 por su parte hace referencia a que el aprendiz puede en determinado caso, solicitar de manera respetuosa la revisión de las actividades correspondientes.
ANÁLISIS DEL CASO 4
El caso 4 consiste en que algunos aprendices les serán aplicadas las medidas formativas correspondientes y que como caso contrario a algunos se les premiará con estímulos por su buen desempeño. Para conocimiento de los compañeros que aún no conocen cuáles son las faltas en las que se puede incurrir por no saber, en el artículo 10 del Reglamento se pueden deducir algunas.
¿Cuáles son las medidas formativas y en que consisten?
Las medidas formativas como se declaran en el capítulo 9, artículo 27 y numerales 1,2 y 3 del reglamento aprendiz Sena son:
- llamado de atención verbal
-Plan de mejoramiento académico
-Plan de mejoramiento disciplinario.
Estas medidas consisten en correcciones que se aplican al aprendiz cuando este incurre en acciones que van en contra del orden establecido por la institución, pero cuando son faltas de menor grado. Estas acciones disciplinarias se adoptan con el objetivo de generar cambios positivos en el desempeño o en el comportamiento del aprendiz.
¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Son tres:
-Llamado de atención escrito. Dirigido por el coordinador académico o de formación con copia a la hoja de vida e implica compromisos escritos por parte del aprendiz.
-Condicionamiento de la matrícula. Esta sanción es un poco más fuerte, pues se hace necesario utilizarla cuando las medidas correctivas previas no han funcionado. Conlleva la pérdida de algunos beneficios como incentivos o estímulos que estuviere recibiendo el aprendiz.
-Cancelación de la matrícula. Sanción definitiva que es utilizada cuando persisten en el aprendiz el comportamiento impropio que originaron el llamado de atención escrito y el condicionamiento de matrícula, pero esta medida implica que la persona pierde la condición de aprendiz.
Mencione por lo menos dos estímulos o incentivos que el Sena ha adoptado para beneficio de los aprendices y en que casos otorgan.
Remitiéndonos al artículo 8 y en los incisos de la A hasta la E, se describen unos incentivos o estímulos entre los cuáles están:
-Llegar a ser instructor. Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar a serlo si así lo desea.
-Recibir mención de honor.
Estos beneficios los recibe el aprendiz cuando ha sido sobresaliente en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.
martes, 3 de febrero de 2015
miércoles, 28 de enero de 2015
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